CNSS rescata derechos de trabajadores en empresas publicas con RNC privado
Nueva resolución permite el traspaso de fondos hacia el sistema de reparto estatal
El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) ha dado un paso trascendental para corregir una distorsión administrativa que mantenía en el limbo el retiro de cientos de empleados públicos. Mediante una reciente modificación normativa, el organismo garantiza que los trabajadores de las Empresas Distribuidoras de Electricidad (EDES) y otras entidades con capital estatal mayoritario puedan acceder a una pensión digna, superando la barrera técnica de su registro fiscal.
Fin al obstáculo del RNC privado
Durante años, una "trampa" burocrática impidió que servidores de instituciones estratégicas migraran sus fondos. Aunque el Estado posee el 50% o más de las acciones en estas empresas, muchas operan bajo un Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) de naturaleza privada.
Dicha dualidad provocaba el rechazo sistemático de las solicitudes de traspaso desde las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) hacia el sistema de reparto gubernamental. Ahora, con la modificación del párrafo I de la Resolución No. 572-07, el CNSS elimina esta restricción, reconociendo la naturaleza pública del servicio prestado por estos afiliados.
La medida responde a un clamor social canalizado por la DIDA, el Defensor del Pueblo y el movimiento MOPESEP. Estos colectivos denunciaron que el derecho a una pensión del Estado (bajo la Ley 379-81) les era negado a pesar de haber dedicado décadas de labor a empresas que, aunque con fachada comercial, son pilares del patrimonio nacional.
Diferencias clave entre los sistemas vigentes
Es fundamental entender el impacto de este cambio. El Sistema de Reparto funciona como un fondo común donde los activos financian a los jubilados, mientras que la Cuenta de Capitalización Individual (CCI) depende exclusivamente del ahorro personal acumulado por cada trabajador.
Para muchos empleados de las EDES que iniciaron su carrera antes de la reforma de la seguridad social, el sistema de reparto representa una garantía de ingresos más sólida y cónsona con sus años de servicio.
Esta decisión no solo fortalece la seguridad jurídica, sino que cumple con los mandatos constitucionales sobre la dignidad humana y la protección de las personas en la tercera edad.
El CNSS dice así reafirmar su papel como árbitro del sistema, priorizando el bienestar del trabajador sobre los tecnicismos contables, asegurando que quienes iluminaron al país durante años no queden en la oscuridad al momento de su retiro.
Diómedes Tejada Gómez
Comunicador y mercadólogo, editor de DiarioDigitalRD en Nueva York. Contacto: diomedestejada@gmail.com
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