PC acudirá al Constitucional si reforma es aprobada sin mayoría de ley<br>

<b>Participación Ciudadana (PC) advirtió este domingo que en caso de que
la reforma tributaria que acaba de ser introducida al Congreso Nacional seaaprobada con una mayoría distinta a la que
requiere la Constitución para las leyes orgánicas, elevará una acción de
inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.</b>
El movimiento cívico no partidista explica que le ha causado
sorpresa la declaración del presidente del Senado, Reinaldo Pared Pérez, en el
sentido de que las leyes tributarias no son leyes orgánica, por lo que prevé
que el gobierno, que no quiso llegar a un consenso en el seno del Consejo
Económico y Social, tampoco quiere hacerlo en el Congreso Nacional.
Asegura que la tributación sí es materia económica y
financiera, por tanto es materia de las leyes orgánicas y que así lo establece
la Constitución.
“La Constitución dominicana está dividida en títulos, y los
títulos en capítulos, y los capítulos en secciones.El título XI se denomina “DEL RÉGIMEN
ECONÓMICO Y FINANCIERO Y DE LA CÁMARA DE CUENTAS”. En el Capítulo II de este
título de la Constitución se denomina “DE LAS FINANZAS PÚBLICAS” ydentro de este capítulose encuentra la sección III denominada “DE LA
TRIBUTACIÓN”.Esto implica que todo lo
que está incluido en este título, incluyendo sus capítulos y secciones, es
materia de las leyes orgánicas por mandato del artículo 112”, dice PC.
Citan que el artículo 112 de la Constitución establece que
para la aprobación de las leyes orgánicas se requiere del voto favorable de las
dos terceras partes de los presentes en ambas cámaras, y califica como orgánicas
las que regulan “el régimen económico y financiero”, explica la organización de
la sociedad civil.
Abogan por consenso. Participación Ciudadana expresa que
las leyes orgánicas han sido introducidas en la nueva Constitución para obligar
a los partidos políticos a consensuar temas de gran trascendencia, como
indiscutiblementelo es la materia
tributaria y evitar que algún partido pueda imponer en este tipo de
materiauna mayoría absoluta que pueda
poseer temporalmente.
“El consenso solo beneficia a la ciudadanía, sin importar
cuál sea el partido que deba ser tomado en cuenta para alcanzar la mayoría
calificada requerida”, concluye el movimiento cívico no partidista.
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