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Abogado advierte difundir audios e imágenes sin permiso podría costar prisión

A partir de agosto de 2026, difundir audios, fotos o videos sin consentimiento en República Dominicana podría implicar cárcel. El abogado César Amadeo Peralta alerta sobre penas de hasta 10 años en casos agravados.

| | 3 min read

César Amadeo Peralta advierte sobre nuevas sanciones del Código Penal

SANTO DOMINGO. – La difusión de audios, imágenes o videos sin autorización podría convertirse en un delito con consecuencias penales severas en República Dominicana a partir del 6 de agosto de 2026, cuando entre en vigencia el nuevo Código Penal.

Así lo advirtió el abogado César Amadeo Peralta, quien llamó la atención sobre el alcance del artículo 192 de la ley 74-25, una disposición que, según explicó, impactará directamente a ciudadanos, medios de comunicación y plataformas digitales.

De acuerdo con el jurista, cualquier persona que publique o comparta contenido audiovisual sin el consentimiento expreso y escrito del involucrado podría enfrentar una pena de seis meses a un año de prisión, además de multas que van de uno a dos salarios mínimos del sector público. A esto se suma la posibilidad de demandas civiles por daños y perjuicios.

El señalamiento no es menor. En un contexto donde el uso de redes sociales y aplicaciones de mensajería es cotidiano, la nueva normativa obliga a replantear prácticas comunes como reenviar notas de voz, compartir videos virales o publicar imágenes sin verificar su autorización.

Pero las sanciones no terminan ahí. El mismo artículo establece que la pena puede escalar hasta cinco años de prisión si el contenido ha sido manipulado, alterado o falsificado, especialmente cuando afecta el honor, la reputación o la imagen de la persona.

En los casos más graves, las consecuencias son aún más contundentes. La ley contempla penas de cinco a diez años de prisión cuando el material difundido tiene carácter íntimo o sexual, o si se utiliza con fines de chantaje, extorsión, venganza o descrédito público. También se agravan las sanciones cuando la víctima es menor de edad, adulto mayor, mujer embarazada o persona con discapacidad.

Otro punto crítico es el uso de plataformas digitales. Si la difusión ocurre a través de redes sociales, páginas web o espacios de acceso masivo, la penalidad también se incrementa, lo que coloca bajo escrutinio directo a creadores de contenido, influencers y medios digitales.

Peralta insistió en que la ciudadanía debe tomar conciencia del cambio legal. “No se trata solo de evitar problemas judiciales, sino de entender que el derecho a la intimidad y la imagen personal está siendo reforzado con herramientas más estrictas”, planteó.

Además, recordó que esta legislación no actúa de manera aislada. La ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología sigue vigente y puede combinarse con el nuevo Código Penal bajo la figura del cúmulo de penas, lo que permitiría al Ministerio Público agravar aún más las acusaciones.

En la práctica, esto significa que una acción aparentemente simple, como compartir un video sin permiso, podría derivar en procesos judiciales complejos y sanciones significativas.

El mensaje es claro: lo que antes parecía una conducta cotidiana en el entorno digital, ahora puede tener consecuencias legales de alto impacto.

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DiarioDigitalRD es un medio de noticias generales que se origina en Santo Domingo, República Dominicana. Para contacto 809-616-6354 Cel. 809-980-6500 y 809-6081130. editor@diariodigitalrd.com.

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