Sentencian a 20 años a acusado de violencia doméstica
<b>Santo Domingo.- A solicitud Procuraduría Fiscal de Santo Domingo, el Segundo Tribunal Colegiado de esta demarcación, condenó a 20 años de reclusión mayor, a un hombre encontrado culpable de agredir a su esposa y violar sexualmente a su hijastra de 8 años.</b>
Se trata del imputado Santos Ruíz o Pablo Santos Araujo (a) Pablito, contra quien el Ministerio Público presentó pruebas contundentes, ante el juez José Madera, que demostraron su responsabilidad penal en la agresión física, sicológica y sexual contra su esposa y una hija de esta menor de edad, cuyos nombres se omiten por razones legales.
Se establece en el expediente que la madre denunciante tuvo que salir huyendo apresuradamente de su casa, acompañada de su hija de 8 años, cuando su esposo, roció gasolina en el interior de la vivienda con la intención de matarlas a ambas.
Asimismo se contempla que, como consecuencia del acoso constante, las amenazas y otras lesiones por diferentes tipos de violación por parte de su ex pareja, la mujer tuvo refugiarse con su hija en casa de su madre; pero horas después, en momento en que la mujer ponía la querella por la agresión sufrida, el imputado se presentó a la vivienda de la suegra y sustrajo a la niña; regresándose con ella a su domicilio de donde llamó por celular a la madre para contarle que tenía en su poder a la criatura e instándola a que fuera por ella. Una vez la madre atormentada se presentó al lugar en busca de su hija, el condenado la encerró en una habitación y dándole golpes la obligó a tener relaciones sexuales con él.
El hecho ocurrió en septiembre del 2011, en el sector Brisa de Los Palmares de Sabana Perdida, provincia Santo Domingo Norte. El encartado, luego de cometer los atroces hechos emprendió la huida, siendo arrestado por las autoridades el 27 de septiembre de2011.
De acuerdo al dispositivo el sentenciado deberá purgar su condena tras las rejas de la cárcel de La Victoria, por ser hallado culpable de violar los artículos 2, 296, 297, 298, 3032, 345, 354 y 434 del Código Penal dominicano, así como las disposiciones contempladas en los artículos 12,15, 396 y 397 de la Ley 136-03 que instituye el Código para el Sistema de protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y adolescentes, en perjuicio de la madre y su hija de 8 años.
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