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Seguro Social suspende pagos a no ciudadanos tras seis meses fuera de EE.UU.

Miles de beneficiarios del Seguro Social que residen fuera de Estados Unidos podrían ver suspendidos sus pagos después de seis meses consecutivos en el extranjero, salvo que cumplan excepciones establecidas por la Administración del Seguro Social.

| | 4 min read
Seguro Social establece límites para pagos a no ciudadanos en el extranjero

La SSA mantiene excepciones y detalla requisitos para conservar beneficios

Nueva York-. La Administración del Seguro Social (SSA) recordó que los beneficiarios no ciudadanos que permanezcan fuera de Estados Unidos por más de seis meses consecutivos podrían perder temporalmente el acceso a sus pagos de jubilación, sobrevivientes o discapacidad, salvo que califiquen para una de las excepciones previstas por la ley federal.

La medida afecta a miles de personas que reciben prestaciones del Seguro Social y residen fuera del territorio estadounidense. Según las normas vigentes, la agencia generalmente deja de enviar pagos después del sexto mes calendario consecutivo de ausencia del país, una disposición que busca verificar la elegibilidad continua de determinados beneficiarios.

Cómo funciona la suspensión de beneficios

La SSA explica que, en términos generales, los beneficios continúan enviándose durante los primeros seis meses consecutivos en el extranjero. Sin embargo, una vez transcurrido ese período, los pagos se suspenden para quienes no cumplan con alguna excepción legal.

Para recuperar los beneficios, el beneficiario debe encontrarse física y legalmente presente en Estados Unidos durante un mes calendario completo. Solo después de cumplir ese requisito podrá volver a recibir los pagos correspondientes.

La agencia también aclara que la suspensión no ocurre inmediatamente al salir del país. El conteo de ausencia comienza cuando la persona ha permanecido fuera de Estados Unidos durante 30 días consecutivos. Si regresa antes de que se cumpla ese plazo, el conteo se reinicia y no se consideran meses de ausencia.

Visitas temporales permiten mantener los pagos

Las reglas contemplan mecanismos que permiten a algunos beneficiarios conservar sus pagos sin interrupciones. Un no ciudadano que haya salido de Estados Unidos puede continuar recibiendo beneficios si regresa y permanece en territorio estadounidense durante 30 días consecutivos antes de que finalice el sexto mes calendario posterior a su salida.

De acuerdo con la Administración del Seguro Social, esta disposición ofrece una alternativa para quienes residen parcialmente en el extranjero y desean mantener activa su elegibilidad para recibir prestaciones.

Si los beneficios ya fueron suspendidos, la situación cambia. En ese caso, la persona deberá permanecer durante un mes calendario completo dentro de Estados Unidos para que los pagos sean restablecidos.

Herramienta para verificar la elegibilidad

La SSA dispone además de una herramienta de consulta que permite a los beneficiarios determinar si pueden seguir recibiendo pagos mientras viven fuera del país.

Mediante una serie de preguntas breves, los usuarios pueden conocer si sus beneficios continuarán de manera indefinida, si serán suspendidos después de seis meses consecutivos o si existen restricciones específicas vinculadas al país donde residen.

Esta herramienta se ha convertido en una referencia importante para jubilados, sobrevivientes y beneficiarios por discapacidad que consideran mudarse o permanecer largos períodos fuera de Estados Unidos.

Países con restricciones para recibir pagos

Las limitaciones no dependen únicamente del tiempo de permanencia fuera del país. Existen también restricciones relacionadas con determinadas naciones.

El Departamento del Tesoro de Estados Unidos prohíbe actualmente el envío de pagos a personas que residen en Cuba y Corea del Norte. Como consecuencia, los beneficios del Seguro Social no pueden ser distribuidos en esos territorios.

Asimismo, la SSA señala que generalmente tampoco puede enviar pagos a residentes de Azerbaiyán, Bielorrusia, Kazajstán, Kirguistán, Moldavia, Tayikistán, Turkmenistán y Uzbekistán, debido a limitaciones operativas y regulatorias.

República Dominicana figura entre los países habilitados

Por el contrario, la lista de territorios donde están disponibles los pagos mediante depósito directo internacional incluye más de un centenar de países y jurisdicciones.

Entre ellos figuran República Dominicana, México, Canadá, España, Francia, Alemania, Italia, Reino Unido, Colombia, Brasil, Argentina, Perú, Chile, Panamá, Costa Rica y numerosos países de Europa, Asia, África y Oceanía.

La inclusión en este programa facilita que los beneficiarios reciban sus prestaciones directamente en instituciones financieras autorizadas sin necesidad de desplazarse a Estados Unidos para cobrar sus pagos.

La normativa sobre pagos internacionales del Seguro Social continúa siendo un tema de interés para millones de beneficiarios que viven o pasan largas temporadas fuera de Estados Unidos. Antes de mudarse al extranjero o prolongar una estancia fuera del país, la SSA recomienda verificar las condiciones aplicables a cada caso para evitar interrupciones inesperadas en los beneficios.

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Diómedes Tejada Gómez

Diómedes Tejada Gómez

Comunicador y mercadólogo, editor de DiarioDigitalRD en Nueva York. Contacto: diomedestejada@gmail.com

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