Migración formaliza los contratos para trabajadores extranjeros
La Dirección General de Migración prohíbe declaraciones juradas y empleos informales temporales
La Dirección General de Migración (DGM) ha dado un paso decisivo hacia la regularización laboral con la emisión de la Resolución 001-2026. Esta normativa establece que, a partir de ahora, todo permiso de trabajo temporal (TT-1) para extranjeros no residentes debe estar estrictamente vinculado a un contrato de trabajo registrado en el Ministerio de Trabajo. Con esta medida, el Gobierno busca eliminar la ambigüedad jurídica y fortalecer la transparencia en la contratación de mano de obra extranjera.
Un cambio fundamental es la anulación de las declaraciones juradas como sustento laboral. La DGM advirtió que no se aceptarán estos documentos para renovaciones o nuevas solicitudes, exigiendo en su lugar la certificación de inscripción en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).
Además, el empleador asume la responsabilidad legal de coordinar la repatriación del trabajador una vez finalice el vínculo contractual, garantizando un ciclo migratorio ordenado y bajo control estatal.
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Límites del estatus
La institución fue enfática al delimitar el alcance del permiso: poseer un carné TT-1 no faculta al extranjero para ejercer trabajos informales. Oficios como el motoconcho, la venta ambulante o el servicio de "delivery" quedan terminantemente prohibidos bajo este estatus.
El incumplimiento de estas condiciones podría acarrear la cancelación del permiso y la deportación inmediata.
Para los empleadores, la advertencia es clara: la contratación de personal sin el debido contrato formal resultará en multas significativas. Esta organización administrativa no crea nuevos requisitos, sino que refuerza la Ley de Migración 285-04, buscando que tanto empresas como trabajadores operen bajo el marco de la legalidad y la seguridad social.
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