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TSE declara inadmisible amparo contra Fuerza del Pueblo

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El tribunal afirma que había otra vía legal para dirimir el conflicto interno

Santo Domingo.– El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta contra el partido Fuerza del Pueblo (FP) por entender que existía una vía jurisdiccional ordinaria para conocer el conflicto intrapartidario denunciado por los accionantes.

La decisión, adoptada a unanimidad, acogió el medio de inadmisión presentado tanto por la organización política como por los intervinientes voluntarios. El fallo fue emitido por un pleno integrado por la magistrada Lourdes Teresa Salazar, en funciones de presidenta suplente, y los jueces Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz, Rafaelina Peralta Arias y Lenis Rosángela García.

El tribunal sustentó su criterio en el artículo 70 de la Ley 137-11 sobre Procedimientos Constitucionales y en disposiciones del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales, al establecer que los conflictos internos de los partidos deben canalizarse mediante impugnaciones específicas previstas en la Ley 39-25, Orgánica del TSE, y no a través de la acción de amparo.

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La demanda fue presentada el 29 de diciembre de 2025 por Daniel Martínez Tejada, María Rita Medina, Luis Ney Restituyo Minaya, Ysmael Tejada y Aurelia del Carmen Estévez. Los accionantes alegaron presuntas irregularidades durante el Congreso Electivo Manolo Tavares Justo, celebrado el 21 de julio de 2025, en el que se definirían candidaturas territoriales y puestos a las direcciones partidarias.

Según expusieron, en la provincia de Dajabón se reservaron la totalidad de las plazas territoriales disponibles y la mayoría de los espacios para la Dirección Central, dejando apenas tres cupos abiertos para competencia. Afirmaron que esta situación quedó reflejada en la Resolución 01/2025, firmada por el secretario de Organización, Bautista Rojas Gómez.

También sostuvieron que una resolución previa, aprobada por la Dirección Política y firmada por Henry Merán, presidente de la Comisión Nacional Electoral, no incluía a Dajabón entre las provincias con candidaturas reservadas, por lo que consideraron arbitraria la negativa a inscribir postulaciones en esa demarcación. A su juicio, esta actuación vulneró su derecho a elegir y ser elegidos.

Procesos del PHD quedan para febrero

En otra decisión, el TSE aplazó para febrero el conocimiento de dos expedientes vinculados a conflictos internos del Partido Humanista Dominicano (PHD), a fin de permitir la comunicación de documentos entre las partes.

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Uno de los casos será conocido el miércoles 4 de febrero y corresponde a un recurso de extrema urgencia contra una resolución de la comisión electoral del PHD. El segundo expediente, sobre la impugnación de una asamblea celebrada en noviembre, fue fijado para el jueves 19 de febrero.

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