TSE aplaza fallos sobre disputas internas en partidos políticos
Casos del PLD, FP y PHD esperan fallos sobre sus procesos internos
El Tribunal Superior Electoral (TSE) mantiene en suspenso varias decisiones que impactan directamente la vida interna del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), la Fuerza del Pueblo (FP) y el Partido Humanista Dominicano (PHD), al reservar fallos y disponer aplazamientos en expedientes vinculados a conflictos intrapartidarios y cuestionamientos a resoluciones electorales internas.
Uno de los casos centrales es el correspondiente al expediente TSE-01-0033-2025, relativo a una demanda en nulidad del proceso de elección del titular de la Secretaría de Educación del PLD. La acción fue interpuesta por Paulino Pérez Ortiz contra dicha organización política, tras las elecciones internas celebradas el 9 de febrero de 2025, en las que se escogieron los responsables de las distintas secretarías del partido.
Durante ese proceso electoral interno del PLD, estuvo presente una representación de la Junta Central Electoral (JCE) y compareció la doctora Ana Felicia Cabra Escalante, notario público del Distrito Nacional, quien dio fe del desarrollo del evento. En esa jornada resultó proclamada como ganadora de la Secretaría de Educación la señora Miguelina Matilde Acosta Torres.
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El demandante sostiene que, al momento de celebrarse dichas elecciones, la dirigente no cumplía con una disposición estatutaria contenida en el artículo 44 de los estatutos del PLD, la cual exige ostentar la condición de miembro del Comité Central para asumir la titularidad de una secretaría. Este requisito, además, estaba expresamente contemplado en el instructivo oficial para participar o postularse en el proceso de elección interna. El TSE decidió reservar el fallo, dejando el caso pendiente de análisis jurídico.
En otra vertiente, el tribunal aplazó para el miércoles 28 del presente mes el conocimiento del expediente TSE-05-0019-2025, correspondiente a una Acción de Amparo Electoral interpuesta por Daniel Martínez Tejada, María Rita Medina, Luis Ney Restituyo Minaya, Ysmael Tejada y Aurelia del Carmen Estévez contra el Partido Fuerza del Pueblo (FP). El aplazamiento fue dispuesto para permitir la comunicación recíproca de documentos entre las partes.
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Disputas partidarias y calendario electoral
Ese mismo día, el TSE conocerá el expediente TSE-01-0031-2025, relativo a una demanda en impugnación de la asamblea celebrada el 9 de noviembre de 2025, interpuesta por Eléxido Paula y Julián Burgos Bonilla contra el Partido Humanista Dominicano (PHD) y el señor Ramón Emilio Goris Taveras.
El tribunal concedió este aplazamiento para que la parte demandante pueda obtener documentos solicitados a la Junta Central Electoral.
De igual forma, el TSE —integrado por la magistrada Lourdes Teresa Salazar, en calidad de suplente del presidente Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, junto a los jueces Pedro Pablo Yermenos Forastieri, Fernando Fernández Cruz, Rafaelina Peralta Arias y Lenis Rosángela García— aplazó para el miércoles 28 de enero el expediente TSE-01-0002-2026.
Este caso corresponde a una demanda en referimiento de extrema urgencia, que persigue la suspensión inmediata de los efectos de la Resolución núm. 006/2025, de fecha 21 de diciembre de 2025, dictada por la Comisión Electoral de la VII Convención Nacional Ordinaria del PHD.
En dicho proceso figuran como demandantes Eléxido Paula Liranzo, Rafael García Filpo, Cristian Carrasco Ortiz, Mayra Méndez Silverio, Julián Burgos Bonilla y Cristian Alexander Tejada Joaquín, mientras que como demandados aparecen la comisión electoral, el PHD y Ramón Emilio Goris Taveras.
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Por otro lado, el tribunal fijó para el 19 de febrero el conocimiento del expediente TSE-01-0001-2026, relativo a un recurso de impugnación contra la misma Resolución núm. 006/2025. En este caso, el TSE otorgó 10 días a la parte impugnante para depositar documentos, igual plazo a la parte impugnada y un término común de 5 días para que ambas partes revisen las piezas presentadas.
En los procesos relacionados con el PHD, las partes impugnantes incluyeron a la Junta Central Electoral, pero el tribunal ordenó su exclusión, al tratarse de conflictos estrictamente intrapartidarios, en los que el órgano administrativo electoral no puede figurar como parte.
Diómedes Tejada Gómez
Comunicador y mercadólogo, editor de DiarioDigitalRD en Nueva York. Contacto: diomedestejada@gmail.com
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