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Los documentos clave para visas de padrastros e hijastros

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La Embajada de EE. UU. aclara los requisitos para la entrevista de padrasto
La Embajada de EE. UU. detalla los documentos originales necesarios para visas de inmigrante por relaciones de padrastro o hijastro. Evite retrasos.

La Embajada de EE. UU. aclara los requisitos para la entrevista

El proceso para emigrar legalmente a los Estados Unidos está lleno de detalles técnicos que pueden marcar la diferencia entre recibir el visado o salir de la cita con una reprogramación bajo el brazo. Este lunes, la Embajada de los Estados Unidos en Santo Domingo lanzó un recordatorio crucial para quienes solicitan una visa de inmigrante basándose en una relación de padrastro, madrastra o hijastro con un ciudadano estadounidense o un residente legal.

Cuando el vínculo familiar no es biológico, sino que nace de una unión legal, la carga de la prueba recae estrictamente en la documentación civil. No basta con decir que existe una relación afectiva; hay que demostrar que el vínculo jurídico es sólido. Por ello, la sección consular enfatizó que es obligatorio llevar a la entrevista los documentos originales que sustenten esta unión.

El primer paso, como es lógico, es presentar el acta de nacimiento del beneficiario. Sin embargo, el documento que realmente amarra el caso es el acta de matrimonio que estableció la relación familiar entre el peticionario y el padre o madre biológico.

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 Dado que los hijastros y padrastros están vinculados legalmente a través de esa boda, este papel es la piedra angular para demostrar que usted es elegible para el beneficio migratorio.

Pero ojo, la historia no siempre empieza con ese matrimonio. La Embajada fue muy clara al explicar que, si el peticionario o el padre/madre biológico tuvieron matrimonios anteriores, la cadena de legalidad debe estar completa. 

Lo anterior significa que se deben presentar los documentos que prueben la terminación de esas uniones previas, ya sea mediante un acta de divorcio o un acta de defunción, según sea el caso. Si falta un eslabón en esa cadena, el matrimonio actual podría no considerarse válido para fines migratorios.

Un detalle que suele generar confusión es el formato de los documentos. Para los eventos civiles (bodas o divorcios) ocurridos en la República Dominicana, la Embajada solo acepta documentos originales. No valen fotocopias simples ni escaneos. 

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En cambio, si el matrimonio o el divorcio se llevó a cabo en territorio estadounidense, se permite llevar el documento original o una copia certificada emitida por la autoridad correspondiente en EE. UU.

El consejo final de las autoridades consulares es preventivo: revise su carpeta con semanas de antelación. No llevar estos papeles el día de la cita no solo es un descuido, sino que resulta casi siempre en la reprogramación de la entrevista, lo que implica meses de retraso adicional en un proceso que de por sí ya es largo. 

Antes de ir al consulado, asegúrese de que tiene cada acta de matrimonio y de divorcio necesaria para que su expediente esté blindado.

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Diómedes Tejada Gómez

Diómedes Tejada Gómez

Comunicador y mercadólogo, editor de DiarioDigitalRD en Nueva York. Contacto: diomedestejada@gmail.com

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