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Un año de prisión por envenenar animales en La Romana

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 La justicia impone la pena máxima por biocidio tras admitir culpabilidad

SANTO DOMINGO.-La justicia de La Romana cerró con rapidez un caso que indignó a toda la comunidad: la muerte por envenenamiento de más de una docena de animales en el sector Barrio Blanco. Tras admitir su responsabilidad, Eduardo Corporán De Aza fue condenado a un año de prisión y a pagar una multa equivalente a 25 salarios mínimos, la sanción más alta prevista por la Ley 248-12 sobre Protección Animal y Tenencia Responsable.

El proceso avanzó mediante un procedimiento penal abreviado, aceptado por el imputado y avalado por la jueza del Primer Juzgado de la Instrucción. La sentencia deja claro que Corporán De Aza incurrió en biocidio, delito que la normativa castiga con un año de cárcel, o dos si el agresor es reincidente. En su caso, cumplió ya dos meses de prisión preventiva y los diez meses restantes quedaron suspendidos bajo estrictas condiciones.

La enlace nacional de Protección Animal del Ministerio Público, Roxanna Reyes Acosta, celebró la rapidez con la que se logró la condena. Recordó que los hechos ocurrieron en junio y que la investigación, encabezada por la fiscal Yalissa Marina Candelario Rijo, reunió las pruebas necesarias en tiempo récord.

El expediente detalla un escenario devastador: cinco cachorros, un chihuahua, un gato y varias gallinas aparecieron muertos el 1 de junio de 2025, todos con signos de envenenamiento

Días más tarde, vecinos hallaron un perro con quemaduras graves, que también falleció. El 14 de junio, el drama continuó con la muerte de otros seis perros —incluida una hembra gestante— y un gato, además de aves de corral afectadas tras ingerir el veneno esparcido en la zona.

El acuerdo de culpabilidad fue validado por la jueza interina Denia Beras de Mota, quien dispuso remitir el caso al Juzgado de Ejecución de la Pena de San Pedro de Macorís. A partir de ahora, Corporán De Aza deberá cumplir un riguroso régimen de conducta durante todo el período de suspensión de la pena.

Entre las obligaciones impuestas, el condenado deberá mantener domicilio fijo, evitar ciertos lugares o personas relacionadas con el caso, no salir del país, abstenerse de consumir alcohol en espacios públicos y mantenerse alejado de cualquier arma. También está obligado a capacitarse en Infotep, la Escuela Vocacional o cualquier entidad acreditada, y completar 30 horas de trabajo comunitario en una institución estatal o sin fines de lucro.

Además, la sentencia es tajante: cualquier incumplimiento hará que el acusado deba cumplir el año de prisión completo, sin posibilidad de nuevos acuerdos.

El Ministerio Público sustentó la acusación con pruebas testimoniales, periciales y documentales, demostrando que Corporán De Aza violó los artículos 61 —numerales 3, 6 y 8— y 66 de la Ley 248-12. Más allá de la condena, el caso reitera un mensaje cada vez más firme en el país: el maltrato animal tiene consecuencias legales reales y cada vez más visibles.

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