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Dirigente del PLD gana caso a Inafocam en el TSA

| | 3 min read
El Tribunal Superior Administrativo

Tribunal Superior Administrativo declaró nulo el acto y protege derechos laborales de funcionaria

SANTO DOMINGO. El Tribunal Superior Administrativo (TSA) ha emitido una sentencia de alto impacto que pone freno a la discrecionalidad administrativa y reivindica la estabilidad de los servidores públicos. El Tribunal declaró nulo el traslado de la funcionaria Cristina Rodríguez Mota, Coordinadora Docente Nacional del Instituto Nacional de Formación y Capacitación del Magisterio (INAFOCAM), tras determinar que la entidad violó de manera grave los derechos laborales y administrativos de la servidora.

La sentencia 0030-1642-2025-SSEN-00497, emanada de la Cuarta Sala del TSA, anula la comunicación del 17 de marzo de 2025 que disponía el movimiento de Rodríguez Mota, concluyendo que la actuación del INAFOCAM fue "carente de causa legítima" y se ejecutó sin observar las garantías esenciales del debido proceso.

Cristina Rodríguez Mota, titular de la secretaría de Igualdad y Equidad de Género del Partido de la Liberación Dominicana (PLD

El fallo es, en esencia, una lección de legalidad. El Tribunal determinó que el intento de transferencia de organismo no solo carecía de motivación administrativa válida, sino que transgredía el marco legal dominicano en múltiples niveles, afectando directamente la estabilidad laboral de la funcionaria. 

Entre las normativas violadas, el TSA citó la Constitución de la República, la Ley 41-08 de Función Pública, la Ley 107-13 sobre los derechos frente a la administración pública, y el propio Estatuto Docente.

Restitución total y plazo innegociable

Como consecuencia de esta nulidad de pleno derecho, el TSA ha ordenado la restitución inmediata de Cristina Rodríguez Mota a su cargo en INAFOCAM. Esta reintegración debe incluir todos los derechos, beneficios, salarios y prerrogativas inherentes a la función, con un plazo de 30 días hábiles impuesto al organismo para la total y efectiva ejecución de la sentencia.

La decisión tiene un significado que va más allá del caso individual. El TSA está enviando un mensaje institucional a toda la administración pública de que las medidas discrecionales que afecten la estabilidad, la carrera y la dignidad de los servidores deben someterse rigurosamente a los procedimientos establecidos por la ley

La sentencia reafirma que la estabilidad laboral es un derecho protegido y que el Estado debe actuar en todo momento conforme a los principios de legalidad, razonabilidad y seguridad jurídica.

Una victoria para el Estado de Derecho

Cristina Rodríguez Mota, quien además es la titular de la secretaría de Igualdad y Equidad de Género del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), se mostró satisfecha con la decisión. Representada legalmente por las abogadas Yulibelys Wandelpool y Yubelka Wandelpool, logró documentar y probar las irregularidades que rodearon su traslado.

Tras conocer el fallo, Rodríguez Mota declaró que la sentencia "confirma de manera incuestionable la violación de mis derechos laborales y administrativos, y restituye el respeto que siempre he merecido como servidora pública”.

Afirmó, además, que la trascendencia del fallo va más allá de su reintegro personal. El dictamen se convierte en un precedente fundamental para otros empleados públicos que, en el pasado, hayan sido objeto de presiones, traslados forzosos o medidas tomadas completamente al margen de la ley. 

"Esta sentencia protege no solo mi nombre y mi trayectoria; protege a todo el que ha sufrido decisiones injustas. Es una victoria del Estado de derecho”, concluyó.

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