Solicitan tres meses un año de prisión contra hombre obligó a su pareja a ingerir “ácido del diablo”
El imputado Leonardo Martínez Solís habría sometido a la víctima a diversos actos de violencia física
Hasta donde se conocía los criminales rociaban el ácido del diablo en el rostro de la persona para desfigurárselo, pero esta vez el extremo ha llagado al punto en que hombre es acusado de obligar a su pareja a ingerirlo.
La audiencia de medida de coerción estaba fijada para este miércoles, pero la defensa del acusado, Leonardo Martínez Solís, fue trasladada para mañana jueves a solicitud de la defensa del imputado.
El juez José Carlos Arias, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de San Cristóbal conoce de la imputación contra quien el Ministerio Público ha pedido prisión preventiva.
Leonardo Martínez Solís habría sometido a la víctima a diversos actos de violencia física y la obligó a ingerir la mezcla de sustancias corrosivas conocida como ácido del diablo, de acuerdo al Ministerio Público.
El fiscal José Guerrero indicó que en dos ocasiones la defensa del imputado ha solicitado el aplazamiento, para conocer el expediente y preparar presupuestos.
En el comunicado de prensa del Ministerio Público se indica que la Unidad de Atención a la Violencia de Género, Intrafamiliar y Delitos Sexuales de la Fiscalía de San Cristóbal solicita la imposición de tres meses de prisión preventiva, medida de coerción establecida en el artículo 226 del Código Procesal Penal.
La instancia de solicitud destaca que Martínez Solís fue detenido cuando se presentó a una clínica de Santo Domingo acompañando a la víctima, quien presenta lesiones graves.
Fue ante el personal médico que la mujer denunció que los daños físicos se los ocasionó su pareja, quien alegaba haberla encontrado en ese estado.
El hecho ocurrió en el sector Bajos de Haina, el pasado 25 de abril en la vivienda de ambos.
A este caso, el órgano persecutor le ha otorgado la calificación jurídica de violación a los artículos 309-2, 309-3, literales B, C, E y F de la Ley 24-97; 303, 303-2, 303-4 y 331 del Código Penal Dominicano, consistentes en actos de tortura y barbarie, violencia intrafamiliar agravada por daño corporal, porte de arma, amenaza y restricción de la libertad.
Yamilé Tejada Tapia
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