<p>Decomisan 26 mil kilos de diferentes especies marinas vetadas</p><div><br></div>

<b>El producto sería exportado por la empresa Ximda Trading Company, SRL, alegados dueños de la mercancia, por intermedio de la Agencia Naviera B y R , quienes son los dueños del contenedor identificado con el No. TSNU6219178, que tenía a la República de Vietnam como destino final.</b>
La Procuraduría General de la República a través de su Procuraduría especializada para la Defensa del Medio Ambiente y Recursos Naturales en coordinación con el Consejo Dominicano de Pesca y Acuicultura (CODOPESCA), decomisaron más de 26 mil Kilos de diferentes especies marinas que por ley están vetadas.
En una nota informativa, las autoridades informan que dicho producto estaba contenido en 696 sacos de la especie Strombus Pugilis ( Lambí de la especie pequeña), 97 cajas de Strombus Gigas (Lambi en mayor tamaño), así como 12 sacos de masa de Strombus gigas disecados, (Lambi pero disecado de la especie del tamaño grande), seis sacos de aleta de tiburón y cuatro sacos de pepino de mar.
El producto sería exportado por la empresa Ximda Trading Company, SRL, alegados dueños de la mercancia, por intermedio de la Agencia Naviera B y R , quienes son los dueños del contenedor identificado con el No. TSNU6219178, que tenía a la República de Vietnam como destino final.
Explicaron además que la veda estacional para la captura del lambí y sus especies asociadas en todo el territorio nacional inicia en el mes de julio 2 y se extiende hasta el 31 de octubre y que incluye las especies lambí o caracol rosa, caracol fututo, caracol pata de mulo, burgao y burgao Santa María, y prohíbe la captura, extracción y muerte de dichas especies en el canal de Catuano, entre las Palmillas, Catuano, Punta Aljibe y Punta Balaje, así como en toda la franja litoral del país desde la pleamar hasta 500 metros mar adentro, y la costa sur de la isla Beata.
Las regulaciones para el lambí y especies asociadas se basan en la Ley 64-00, la Ley 307-04, que crea el Consejo Dominicano de Pesca y Acuicultura (Codopesca), y el Decreto 499-09.
El lambí (Strombus gigas L.), constituye un medio de riqueza para la economía dominicana y su captura representa una fuente de ocupación y alimento para la ciudadanía, por lo que se hace necesario proteger la especie en sus diferentes etapas de desarrollo y durante la época de reproducción, garantizando su sostenibilidad durante todo el año
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